
En la AIReF, la persona que ocupa la presidencia debe cumplir unos requisitos muy exigentes y superiores a los de otros organismos nacionales e instituciones similares a la nuestra. El proceso está pensado para garantizar la máxima independencia, objetividad y prestigio profesional de quien dirige la institución.
¿Cómo se elige a nuestro presidente o presidenta?
El proceso de elección no es arbitrario ni caprichoso, ni es el resultado de una decisión discrecional. Al contrario, todo el procedimiento está reglado en una ley orgánica que fija los criterios y pasos a seguir y ofrece las máximas garantías procedimentales.
CRITERIOS OBJETIVOS DE SELECCIÓN
Debe ser una persona de reconocido prestigio, con una larga experiencia de más de diez años de ejercicio profesional, y amplios conocimientos en la actividad presupuestaria, económica y financiera del sector público. Pero esto no basta, el candidato o candidata también debe demostrar independencia y criterio objetivo.
CONTROL DE LAS CORTES
La persona candidata comparece ante las Cortes, que examinan su experiencia, formación, capacidad y su proyecto para la institución durante su mandato. El nombramiento debe aceptarse por mayoría absoluta en la Comisión competente del Congreso o, si no fuera posible, por mayoría simple de la Comisión competente del Senado. Solo así puede formalizar el Consejo de Ministros su nombramiento.
Pocas instituciones nacionales o europeas exigen un nivel de consenso tan alto como la AIReF, donde contamos ya con la experiencia de haber elegido dos presidencias conforme a este procedimiento. De hecho, nuestra actual presidenta, Cristina Herrero, fue elegida por unanimidad por la Comisión de Hacienda del Congreso. Durante la presentación de su candidatura, se comprometió a reforzar las actuaciones de la AIReF en la supervisión de las finanzas públicas y de la evaluación de sus políticas para convertirla en una institución cada vez más útil para el conjunto de la sociedad española.

¿Cómo se compara con otras IFIs?
El procedimiento español es uno de los más rigurosos de Europa. En pocas Instituciones Fiscales Independientes el Parlamento tiene tanto peso en la elección de la presidencia. Cabe destacar los casos de Italia, Eslovaquia o Eslovenia, además del español, pero es una práctica poco extendida. Ni siquiera lo aplica la IFI holandesa, también unipersonal como la española, decana de las europeas y que ha servido de inspiración a muchas de ellas.
En algunos casos de IFIs colegiadas el Parlamento participa sí, pero solo nombrando a alguno de sus miembros. En general, en las colegiadas se tiende a buscar miembros que sean nombrados por una diversidad de instituciones o que representen una pluralidad de intereses. Por ejemplo, la IFI europea más numerosa es la austriaca, con un consejo de 15 miembros nombrados entre el gobierno central, diversas cámaras económicas y laborales y los municipios –estos últimos sin derecho a voto–. El Parlamento no interviene en el proceso y la presidencia la ocupa el primer miembro de entre los que nombra el gobierno federal.
¿Cómo se compara con otras instituciones nacionales?
Las exigencias para presidir la AIReF son también notablemente más estrictas que las de otros organismos nacionales. Se requiere una alta preparación técnica, independencia total y control directo del Parlamento, más incluso que en el caso de altos cargos, ministros o ministras y presidentes o presidentas de otros supervisores como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o el Banco de España.
Y todo ello es, además, especialmente llamativo no teniendo la AIReF ni su presidencia poderes regulatorios, sancionadores o de gestión de política alguna.
¿Qué otros requisitos se exigen?
La persona que lidera la AIReF debe, además, cumplir varios requisitos en el ejercicio de sus funciones:
Se dedicará exclusivamente y durante seis años sin posibilidad de reelección a su trabajo en la AIReF, y solo podrá ser cesado o cesada por causas objetivas graves.
Se somete también al régimen de incompatibilidad de altos cargos y, al cesar, no podrá durante dos años ejercer actividades profesionales relacionadas con la función de evaluación asignada a AIReF.
Rinde cuentas del ejercicio de sus funciones ante el Parlamento, al menos una vez al año por mandato legal, pero en la práctica más veces.
¿Por qué exigencias tan elevadas?

La AIReF es una institución relativamente reciente que, aunque no toma decisiones en materia fiscal o presupuestaria, tiene asignadas tareas muy relevantes para la toma de decisiones por los poderes ejecutivo y legislativo, lo que exige el máximo rigor técnico y absoluta neutralidad política.

Para que la AIReF cumpla eficazmente con su cometido, es imprescindible que quien la presida, dirija y coordine sus actividades actúe con conocimiento y experiencia desde el primer momento. Sus funciones deben ejercerse con la necesaria objetividad, ausencia de sesgos y neutralidad.

La elección de la presidencia de la AIReF cuenta con una base normativa exigente para garantizar dicha competencia e independencia del candidato. Pero la responsabilidad última recae en Parlamento, que examina y, en su caso, respalda a la persona propuesta por el Ministerio de Hacienda. Lo deseable es lograr el mayor consenso parlamentario –como la unanimidad lograda por actual presidencia–, como mejor garantía de independencia, neutralidad y objetividad.